Beneficios fiscales
Deducción y desgravación de donaciones a la Fundación 26 de Diciembre
Si vas a realizar un donativo a la Fundación 26 de Diciembre te informamos que puedes desgravarte estas donaciones de tu declaración de la renta. Desde enero de 2020 se han incrementado los tipos de deducción aplicables a las donaciones que se realicen en favor de la Fundación 26 de Diciembre, como entidad acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre:
Personas Físicas (IRPF) | Porcentaje de deducción |
Primeros 150€ | 80% |
Resto | 35% |
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) > 150€ * | 40% |
Límite deducción base liquidable | 10% |
Personas Jurídicas (IS) | Porcentaje de deducción |
Donaciones en general | 35% |
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años)* | 40% |
Límite deducción base liquidable | 10% |
- Si eres persona física, en el IRPF correspondiente a este año podrás deducirte el 80% del importe de tus donativos íntegros por aportaciones de hasta 150€ al año. A partir de esa cantidad la deducción será del 35% o del 40% si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos, con un límite del 10% de la base liquidable.
- Si eres persona jurídica, en el impuesto de sociedades podrás deducirte el 35% de tus donativos íntegros. Si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos la deducción será del 40%, con un límite del 10% de la base liquidable.
- Si eres persona física o jurídica no residente en España y obtienes rentas en nuestro país, tienes también un beneficio fiscal por el importe de tus donativos. Puedes consultarlo en www.aeat.es
- Si resides en una comunidad autónoma sujeta a un régimen foral particular o que ha establecido deducciones adicionales por donaciones a ONG, las deducciones aplicables pueden ser diferentes.
Recuerda que para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus donativos es imprescindible que nos hayas facilitado tu DNI o NIF y domicilio. Por favor, si aún no lo has hecho, llámanos al 910 028 417 o escríbenos a finanzas@fundación26d.org Si quieres ampliar la información sobre estos beneficios fiscales, consulta la web de la Agencia Tributaria: www.aeat.es